Modificación de los 2 puestos de trabajo de Auxiliar Administrativo, incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Corvera de Toranzo.
El Pleno de este Ayuntamiento de Corvera de Toranzo, en sesión celebrada el 27 de noviembre de 2025, acordó la aprobación de la modificación de los 2 puestos de trabajo de «Auxiliar Administrativo», incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Corvera de Toranzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se procede a la publicación de dicho acuerdo de modificación, que recoge:
— La aprobación de la modificación del puesto de los puestos de trabajo de «Auxiliar Administrativo códigos 1104.1 y 1104.2» (funcionariales), incluidos en la RPT trabajo aprobada por ese Pleno en fecha 14 de septiembre de 2023, siendo la valoración del mismo para una jornada completa, la siguiente:
Código: 1104.1 y 1104.2
Denominación del puesto: Auxiliar Administrativo.
Número de puestos: 2.
Grupo: C-2.
Complemento de destino: 18.
Complemento específico: 26.025. 9.853,06 euros
— La aprobación de la modificación de las Hojas de Análisis de los puestos de trabajo de Auxiliar Administrativo, con las nuevas funciones contempladas.
— La publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de Cantabria, en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento y en el Tablón de Anuncios.
Contra dicho Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, alternativamente, Recurso de Reposición Potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; ambos plazos contados desde el día siguiente al de la publicación de ese anuncio. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente.
Corvera de Toranzo, 1 de diciembre de 2025.
La alcaldesa-presidente,
Mónica Quevedo Aguado.
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